domingo, noviembre 07, 2010

Para castigar el vandalismo

La Legislatura porteña sigue dando señales de vida y a los proyectos para reformar el CAAP y extender el régimen de protección se suma ahora uno muy conciso para crear castigos.
Por Sergio Kiernan
Hace un par de semanas se realizó una reunión en la Legislatura porteña para empezar a tratar de extender la Ley 3056, que es nuestro débil dique ante la piqueta mañera. Como se dijo en ese momento, se plantearon varios temas: extender la ley, que vence en diciembre, reformar en serio las áreas de protección patrimonial del Ejecutivo, tratar de una vez por todas el proyecto de transferencia de FOT creado por Teresa de Anchorena y Marta Varela, y crear un régimen de castigos para los que demuelen y remodelan con la total impunidad de hoy y bajo la mirada complacida del gobierno porteño. El diputado Eduardo Epszteyn dio el paso concreto de introducir para su tratamiento el proyecto de FOT, y ahora el diputado Martín Hourest presentó un proyecto de castigos a los vándalos. La Legislatura, parece, se está despertando.
El proyecto de Hourest lleva como título “Sanciones y penalidades” y es tan breve como claro:
Artículo 1º. En el caso de daño parcial, total o demolición de edificios protegidos por la Ley 2548 y modificatorias se procederá de igual forma que en las zonas APH. Los titulares de inmuebles que demolieren transgrediendo esta norma serán pasibles de las sanciones que fija el Código de Faltas para este tipo de contravención. Los mismos sólo podrán construir hasta un máximo equivalente al 70 por ciento del volumen destruido, siempre y cuando este valor no supere el 70 por ciento de la capacidad edificatoria correspondiente, siendo de aplicación tanto lo establecido por el parágrafo 2.4.3.2, lo normado por los parágrafos 2.4.3.3 y 2.4.4 del Código de la Edificación. Como lo establecido en las Leyes 1217 y 1227.
Art. 2º.La autoridad de aplicación de la presente ley es el Ministerio de Cultura.
Art. 3º.Comuníquese, etc.
Cláusula transitoria primera: La presente Ley tendrá una vigencia de 24 meses a partir de su publicación o hasta plena entrada en vigencia de la Ley sobre el Régimen de Sanciones y Penalidades de la Ley 1227.
Como se ve, el principal castigo es uno que ya existe, la pérdida de capacidad de construcción –se destruye una casa, sólo se puede construir un maxikiosco– pero el detalle es que le quita la autoridad de aplicarlo al Ministerio de Desarrollo Urbano. Esto es revolucionario, ya que Daniel Chaín es un ministro muy poderoso, que mató toda idea de sacarle el poder de sanción e inspección, y es también un orgánico de la industria de la construcción concentrada. En tres años de gestión, jamás movió un dedo para pasar leyes, aumentar multas o tener alguna iniciativa para contener a los grandes desarrollistas y crear una real capacidad de control para su ministerio. Esto lo hizo porque su verdadera lealtad no está con el público, los votantes o su partido, sino con ese sector económico.
Esta originalidad de Hourest demuestra que sabe qué alzada tienen estos bueyes, lo que termina de quedar en claro con la cláusula transitoria del final, que admite que esta ley es un parche hasta que se cumpla con la Ley 1227. Esta ley estuvo años cajoneada en Cultura por esa inolvidable funcionaria llamada Silvia Fajre, hasta que Teresa de Anchorena la forzó a reglamentarla con un recurso de amparo. Fajre lo hizo, pero nunca la cumplió, en particular la parte que decía que su ministerio tenía que crear un régimen de penalidades y castigos, y un cuerpo de inspectores para hacerlo cumplir.
Su sucesora, la profesora Josefina Delgado, tuvo esta misión como su utopía personal. No sólo redactó un proyecto, sino que lo redactó bien y logró la firma de su ministro de Cultura, Hernán Lombardi. Como Lombardi es ministro de Cultura sólo en nombre –él es especialista en turismo y tomó el puesto para evitarle todavía otra crisis a Macri–, fue realmente notable que Delgado lograra esto. El proyecto tenía que pasar por Chaín, que lo mató en una carta de escasas líneas firmada por su adlatere y frío cómplice, el subsecretario Héctor Lostri. La nota decía básicamente que los únicos que tienen o tendrán inspectores para algo construido serán ellos y que ni en sueños permitirían otro grupo. El proyecto fue a parar a un profundo cajón.
Delgado se dedicó a otra cosa y las dos delegadas de Cultura en el CAAP votan como si trabajaran para Chaín, dejando demoler con el único llamativo detalle de que una de ellas se pone nerviosa cuando ve a alguien de este suplemento –masculla cosas y señala con el dedo, actitudes francamente preocupantes y poco dignas en una funcionaria–. Por supuesto, nadie nunca más habló del tema. Este panorama deja abierta la duda sobre qué pasará si la Legislatura aprueba este proyecto: Chaín tendrá una guerra burocrática para matar en la semilla la idea de inspectores patrimoniales, y francamente es difícil pensar que Lombardi tenga algún entusiasmo por la cuestión.
Hourest evidentemente opina que hay que crear el cuerpo y luego dar la batalla para que funcione. Como recuerda en los fundamentos de su proyecto, en diciembre se cumplen diez años de la sanción de la Ley 1227 y “el Ejecutivo de la Ciudad sigue sin cumplir con su obligación de enviar a la Legislatura un proyecto de ley que establezca el régimen de sanciones y penalidades para quienes violen la ley”.
El diputado hasta cita a Lostri, que dijo que “En el contexto actual el sistema de multas objetivas establecidas en el Código de Edificación no desvirtúa el costo de oportunidad relacionado con el beneficio económico derivado de la proyección de las rentas urbanas posibles”. La frase significa, en criollo, que ni vale la pena respetar la ley porque quebrarla es, a lo sumo, un costo más y de los menores. De paso, pregunta completamente retórica, si Lostri sabe esto, ¿por qué no hace algo al respecto?
El resultado de esta situación es que se pierden “centenares de edificaciones valiosas cada año”, que es exactamente por qué Chaín y Lostri son dos personas felices con un futuro próspero. Por eso Hourest recuerda que la Ley 1227 “les otorga a los funcionarios del Ministerio de Cultura para casos de infracciones contra el patrimonio, la posibilidad de requerir el auxilio de la fuerza pública, secuestrar bienes, proceder a la clausura preventiva de locales y obras en infracción”.
El diputado agrega que su proyecto no es para “edificios excepcionales, de gran valor histórico, arquitectónico o artístico” sino también para proteger a “muchos edificios que son testimonios insustituibles de formas de construir y de habitar en la ciudad”.
Sigue Hourest: “Las décadas de 1970 y 1980 fueron escenario del gran desarrollo de edificios de propiedad horizontal provocando el cambio definitivo de barrios como Recoleta, Palermo, Belgrano y Caballito, con la consecuente demolición de inmuebles de baja altura. Estas sustituciones indiscriminadas se acrecentaron en los últimos diez años debido al aumento de la construcción, alcanzando barrios alejados del centro de la ciudad como Saavedra y Villa Urquiza. Las normas urbanísticas vigentes corresponden a un Código de Planeamiento Urbano, datado en la década de 1970 y reformado en el año 2000, que se basa en la realización de obras nuevas y prácticamente no considera la ciudad existente, con excepción de los Distritos Areas de Protección Histórica (APH) y de los edificios catalogados. En esa época todavía no se valoraba nuestro patrimonio. Y así se perdieron edificios formidables. Desafortunadamente hoy, ante la falta de un régimen definitivo de penalidades, todo o casi todo está en riesgo de desaparecer”.

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